domingo

ESTIMACIONES SOBRE EL CAAEZ



1. Estimo que la Caldera No. 1 no ha entrado en pruebas todavía, y la número 2 terminará las pruebas entrará en operación (solo a producir vapor), en enero si es que no suceden retrasos típicos de ese proyecto tales como huelgas, que han sido frecuentes, marchas y peticiones de pago de salarios y aguinaldos (no prestaciones ni pues lo que ha tenido el CAEEZ hasta el presente son pérdidas casi irrecuperables, por ineptitud, incapacidad y dolo). Se debería presentar a la nación el programa de pruebas de la caldera número 1.
2. Como ingeniero mecánico considero y pongo en aviso al excelso ministro del MAT, que los 2 generadores a los que se refiere, hayan sido mantenidos adecuadamente durante los dos años o más que han estado guardados sin ser instalados, lapso en el que se ha debido efectuar giro según lo que ha debido recomendar el fabricante de las unidades, a quien se le ha debido informar el tiempo que estarían sin ser instaladas y/o fuera de funcionamiento. Si ello no se ha efectuado, sería de un alto risgo de daño a las unidades y gran peligro de pérdida total de las unidades si estas son arrancadas y el eje de las mismas no ha sufrido flexión y/o ha habido sobrecarga oi trazas de corrosión en los cojinetes o chumaceras de las turbinas. Si no se ha seguido este trabajo de mantenimiento durante el almacenaje de las unidades, lo más seguro es que estas requieran de una exausta revisión y posible realineamiento.
3. Todo sistema de tuberías en una planta industrial, debe ser instalado de acuerdo estrictamente a los planos y especificaciones de la empresa diseñadora y fabricantes de la maquinaria que componen la planta industrial. En estos sistemas se debe tomar muy en cuenta, los apoyos de todo tipo para compensar los efectos de expansión y contracción durante la operación de la planta industrial. Por lo general, los diseñadores y fabricantes exigen una inspección de los sistemas de tuberías, en lo referente a tipo de tubería utilizada, juntas de dilatación, curvas, codos y apoyos, para asegurar la garantía de ls equipos del sistema coo un todo. Si ello no se hace, se puyeden perder las garantías de los equipos. Por lo general, las empresas diseñadoras y fabricantes de los equipos, no autorizan pruebas ni arranques, hasta asegurarse que el sistema como un todo, concuerde con los planos y especificaciones exigidas. Sería bueno que el ciudadano excelso ministerio presente a la nación, un informe detallado al respecto.
4. Si se cumplen las condiciones que exige la ingeniería y se planificaron y programaron los trabajos de acuerdo las especificaciones de los fabricantes, con ello quiero decir que se hayan cumplido las condiciones establecidas en el punto 2 anterior a lo que llamé como “mantenimiento adecuado” de las turbinas, y al punto 3, en lo referente a las tuberías de conexión enm general y de vapor en particular entre las calderas y las turbinas que accionan lo generadores, la subestación para exportar energía eléctrica, de acuerdo a lo conversado con ingenieros especialistas en la materia, llegamos a la conclusión que en forma optimista el suministro de energía podría estar disponible entre mediados de febrero y finales de marzo del 2010.
5. El iniciar operaciones de prueba de la refinería no podrá efectuarse antes de junio de 2010.
6. Moler caña en producción (no en pruebas) no será posible antes de que se inicien las lluvias que en la zona comienzan normalmente en mayo, es por ello que por siendo optimista, la primera zafra de producción del CAAEZ, será para 2011-2012, ya que las en esa zona que se inician normalmente en enero de cada año. Nuevamente este año el CAAEZ no producirá azúcar para el mercado nacional, lo que significa que su retraso será de 6 años contra la primera estimación ofrecida por el convenio cubano-venezolano, tendría en el mejor de los casos, un atraso en producción de 6 años.
Estas son mis percepciones, que he compartido y conversado con otros excelentes ingenieros mecánicos venezolanos.

Atenta y respetuosamente

Ing. Mec. Reinaldo J. Penso T.
CIV No. 3668
CI No. 1.854.425
Venezuela, 6 de diciembre de 2009. a los 3 años y 364 días de retraso del CAAEZ, sin que se hayan tomado acciones punitivas contra quienes han mal manejado esta situación y han causado muy altas pérdidas económicas al país..

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